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Incoterms

Reglas de Comercio Internacional

Incoterms

INCOTERMS - Términos de Comercio Internacional

  • DEFINICIÓN
  • FUNCIONES
  • INCOTERMS 2020
  • REGLAS PARA CUALQUIER MODO DE TRANSPORTE
  • REGLAS PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO
  • GRÁFICO: INCOTERMS 2020

DEFINICIÓN

Las operaciones comerciales internacionales tienen su origen en un contrato de compra y venta efectuado entre el importador y el exportador, en el que se estipulan las cláusulas por las que su operación comercial se regular. Los INCOTERMS (International Commercial Terms) pueden considerarse como un conjunto de normas internacionales de carácter facultativo que la Cámara de Comercio Internacional reunió y definió sobre la base de las prácticas más o menos estandarizadas por los comerciantes. Los INCOTERMS definen básicamente el lugar en que el vendedor es responsable de la mercancía y cuáles son los gastos a su cargo y que, así, estarán incluidos en el precio.

FUNCIONES

Las funciones de los INCOTERMS son esencialmente las siguientes:

Definen la transferencia de los gastos. El vendedor sabe exactamente el momento y el lugar hasta el que deberá asumir los gastos relativos a su contrato de venta y, por lo tanto, incluirlos en el precio. Este procedimiento permite que el comprador pueda reconocer exactamente los gastos que debe añadir al precio de compra para poder compararlo con otras ofertas nacionales e internacionales.

Definen la transmisión del riesgo. El comprador sabe exactamente el momento y el lugar a partir de los cuales los riesgos, en los que las mercancías incurren durante el transporte, son por su cuenta. Por esta razón, los INCOTERMS definen el momento y el lugar a partir de los cuales la responsabilidad del vendedor termina y comienza la del comprador. Este dato es de extrema importancia para assegurar la mercancia. Estos datos son de suma importancia para garantizar la seguridad de la mercancía.

Definen el lugar a partir del cual saldrá la mercancía. Los INCOTERMS señalan el lugar exacto donde el vendedor debe depositar la mercancía y, así, el lugar donde el comprador la levantará.

INCOTERMS 2020

Existen, fundamentalmente, dos cambios principales en Incoterms® 2020, en comparación con la Edición de 2010:

  • DAT (entregado en la terminal) ahora se llama DPU (entregado en el lugar descargado).
  • FCA (Free Carrier) ahora permite emitir documentos de embarque después de la carga.

Otros câmbios incluyen:

  • CIF (Costo, seguro y flete) y CIP (Transporte y seguro pagado para) establecen nuevos contratos de seguro estandarizados, pero el nivel de seguro sigue siendo negociable entre el comprador y el vendedor.
  • Cuando se hace referencia, la asignación de costos entre el comprador y el vendedor se establece con mayor precisión: un artículo hace referencia a todos los costos de los cuales el vendedor y el comprador son responsables.
  • FCA (Transportista gratuito), DAP (Entregado en el lugar), DPU (Entregado en el lugar descargado) y DDP (Entregado con derechos pagados) ahora tienen en cuenta que el comprador y el vendedor organizan su propio transporte, en lugar de utilizar un tercero .
  • Las obligaciones relacionadas con la seguridad son ahora más prominentes.
  • Las “Notas explicativas para los usuarios” para cada Incoterm® han reemplazado las Notas de orientación para la edición 2010 y están diseñadas para ser más simples para los usuarios.
  • Actualmente, el CIP requiere ICC A o una cobertura de seguro equivalente como estándar. En Incoterms® 2010 fue ICC C. La cobertura de seguro requerida para CIF permanece.

Reglas para cualquier Modo de Transporte

Las siete reglas definidas por Incoterms 2020, para cualquier modalidad (s) de transporte son:

EXW – Ex Works

El vendedor pone los bienes disponibles en sus instalaciones. Este término coloca la máxima obligación en el comprador y las obligaciones mínimas en el vendedor. El término Ex Works se utiliza con frecuencia al realizar una cotización inicial para la venta de mercancías sin costos incluidos. “Ex Works” significa que el vendedor entrega cuando pone los productos a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (es decir, obras, fábrica, almacén, etc.). El comprador asume todos los costos de transporte y también los riesgos para llevar las mercancías hasta su destino final. El vendedor no carga la mercancía para el transporte ni la libera para la exportación. Si el vendedor carga la mercancía, lo hace bajo el total costo y riesgo del comprador. Si las partes desean que el vendedor sea responsable de cargar la mercancía en el momento de la partida y asumir el riesgo y todos los costos de carga, esto debe quedar claro mediante la inclusión de una expresión explícita con ese propósito en el contrato de venta.

FCA – Free Carrier
El vendedor entrega la mercancía, libre para exportación, a disposición del primer transportista (designado por el comprador), en el lugar acordado. El vendedor paga el transporte hasta el punto designado como lugar de partida, y el riesgo se transfiere cuando la mercancía es entregada al primer transportista.

CPT – Carriage Paid To
El vendedor asume los costos de transporte. El riesgo se transfiere al comprador después de la entrega de la mercancía al primer transportista.

CIP – Carriage and Insurance Paid to
El transporte multimodal en contenedores equivalente al CIF (Cost, Insurance, Freight). El vendedor paga por el transporte y el seguro hasta el punto de destino designado, pero el riesgo se transfiere cuando la mercancía es entregada al primer transportista.

DAP – Delivered at Place
El vendedor paga el transporte hasta el terminal, con excepción de los costos relacionados con la importación (despacho aduanero), y asume todos los riesgos hasta el punto en el que la mercancía es descargada en el terminal.

DPU – Entregado en el lugar descargado (lugar de destino designado)
l vendedor entrega la mercancía – y transfiere el riesgo – al comprador cuando la mercancía, después de ser descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en un lugar designado de destino o en un punto acordado dentro de ese lugar, si se ha acordado dicho punto. El vendedor asume todos los riesgos asociados con llevar la mercancía al lugar de destino y descargarla. Así es, en esta regla de Incoterms, la entrega y llegada al destino son los mismos. DPU es la única regla de Incoterms que requiere que el vendedor descargue la mercancía en el destino. El vendedor debe, por lo tanto, asegurarse de que está en condiciones de organizar la descarga en el lugar designado. Si las partes entienden que el vendedor no debe asumir el riesgo y el costo de la descarga, deben evitar la regla DPU y utilizar DAP.

DDP – Delivered Duty Paid
El vendedor es responsable de entregar los bienes en el lugar designado dentro del país del comprador y asume todos los costos para llevar las mercancías hasta el destino, incluyendo derechos de importación e impuestos. Este término coloca el máximo de obligaciones en el vendedor y obligaciones mínimas en el comprador.

Normas Para El Transporte Marítimo Y Por Tiro

Las cuatro reglas definidas por Incoterms 2020 para el comercio internacional donde el transporte se realiza completamente por agua son:

FAS – Free Alongside Ship
El vendedor debe colocar la mercancía al lado del buque en el puerto. El vendedor debe encargarse de todos los aspectos burocráticos para liberar las mercancías para su exportación. Adecuado solo para transporte marítimo, pero NO para transporte marítimo multimodal en contenedores (ver Incoterms 2020). Este término se usa comúnmente para cargas pesadas o de dimensiones significativas.

FOB – Free on Board
El vendedor debe colocar la mercancía a bordo del barco designado por el comprador. Costos y riesgos se dividen cuando la mercancía se encuentra a bordo del navío (¡esta regla es nueva!). El vendedor debe liberar las mercancías para la exportación. El término es aplicable solo para el transporte marítimo y fluvial, pero NO para el transporte marítimo multimodal en contenedores (ver Incoterms 2020). El comprador debe proporcionar al vendedor los detalles del barco y del puerto donde las mercancías deben ser cargadas, y no hay ninguna referencia o disposición para el uso de un transportista o transitario. Este término ha sido muy mal utilizado a lo largo de las últimas tres décadas, desde que los Incoterms de 1980 establecieron que el FCA debería utilizarse para el transporte de contenedores.

CFR – Cost and Freight
El vendedor debe pagar los costos y el flete para llevar las mercancías hasta el puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador tan pronto como las mercancías son cargadas a bordo del buque (¡esta regla es nueva!). El transporte marítimo y los seguros para los productos no están incluidos. Este término es formalmente conocido como CNF (Cost and Freight).

CIF – Cost, Insurance and Freight
Exactamente lo mismo que CFR, excepto que el vendedor también debe pagar el seguro. Aplicable solo al transporte marítimo.